Ser Voluntario en Cruz Roja
La actividad voluntaria como modo de conseguir experiencia previa al trabajo
El desempleo juvenil y políticas sociolaborales
Ayer salio un articulo en La Voz de Galicia con datos preocupantes con respecto al número de jóvenes (personas comprendidas entre los 16 y los 25 años) que están en el paro y buscan de forma activa empleo
Personas sin Hogar
Hablamos de personas que están excluidas del mercado laboral o con trabajo precario; personas pobres o muy pobres que no disponen de medios económicos o estos son insuficientes o irregulares
Marco Jurídico
La declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, establece, en su artículo 25, apartado 1º, que "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar y, en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesario
II Plan Gallego de Inclusión
Tiene como objetivos estratégicos básicos los siguientes: Darle un nuevo impulso a la integración y coherencia de las políticas activas de inclusión. Mejorar la cobertura territorial, las dotaciones materiales y la coordinación.
Politicas destinadas a grupos marginales
Hoy vamos a centrar esta entrada en aquellos grupos marginales, o en aquellas personas que corren el riesgo de formar parte de el.
viernes, 25 de marzo de 2011
Ser voluntario en la Cruz Roja
lunes, 14 de marzo de 2011
EXCLUSION SOCIAL
Los datos del IGE apuntan que el 14,3% de los hogares gallegos tienen riesgo de caer en esta situación de miseria, cifra superior a la del 2008, en que el porcentaje era del 13,8%. Si se descuentan las prestaciones percibidas, el porcentaje aumenta hasta el 32%.
Los colectivos más vulnerables a la exclusión social son: personas mayores, personas con discapacidad, infancia y familias en situación o riesgo de exclusión social, personas drogodependientes, población inmigrante, población reclusa, colectivo gitano, mujeres en situación o riesgo de exclusión y personas sin hogar.
MARCO JURÍDICO
- Reconocimiento del derecho fundamental de las personas que se encuentran en situación de pobreza y exclusión social a vivir con dignidad y a desempeñar un papel activo en la sociedad.
- Aumentar el compromiso de la opinión pública en las políticas y acciones de inclusión social, insistiendo en la responsabilidad colectiva e individual en la lucha contra la pobreza y la exclusión social y en la importancia de promover y respaldar las actividades voluntarias.
- Promover una sociedad más cohesionada, sensibilizando sobre las ventajas para todos de una sociedad en la que se erradique la pobreza, se permita la justa distribución y no se margine a nadie.
- Reiterar el compromiso político de la Unión Europea y de sus Estados miembros de influir de forma decisiva en la erradicación de la pobreza y exclusión social.
- Constitución española, que establece como principios rectores de la política social y económica, el deber de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia (art. 39.1). Promover las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa en un marco de una política de estabilidad económica (art. 40.1 ). En su artículo 47, establece que "todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
- La ley 44/2007, del 13 de Diciembre regula el régimen jurídico de las empresas de inserción y establece un marco para promover la inserción laboral de personas en situación de exclusión social.
- La ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, en sus artículos 25 y 26, encomienda a los ayuntamientos determinadas competencias en materia de vivienda y servicios sociales.
- La ley 13/2008 de 3 de diciembre, de Servicios Sociales de Galicia, que regula de forma exhaustiva los aspectos básicos de los servicios sociales en Galicia, en su Título VII, se ocupa de la atribución de competencias a las adiministraciones públicas de Galicia en materia de servicios sociales, estructurándola en dos niveles: Xunta de Galicia y entes locales, que habrán de actuar conforme a los principios de coordinación y cooperación.
- La ley 13/2008 de 3 de diciembre
sábado, 12 de marzo de 2011
II PLAN GALLEGO DE INCLUSIÓN SOCIAL
- Darle un nuevo impulso a la integración y coherencia de las políticas activas de inclusión.
- Mejorar la cobertura territorial, las dotaciones materiales y la coordinación.
- Integrar y complementar la estrategia de la inclusión social, especialmente en las áreas territorialmente deprimidas.
- Incidir en la mejora de la inclusión social de colectivos y grupos cronicamente vulnerables, como la comunidad gitana o la gente sin hogar, entre otros.
- Fomentar la participación de las organizaciones de solidaridad e iniciativa social (ONG) en el desenvolvimiento de actuación.
Se trata de un total de 28 equipos interprofesionales distribuídos territorialmente, de los cuales el Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar asume la puesta en marcha de 20, incluído un equipo técnico de coordinación. Los 8 restantes son de dependencia de los ayuntamientos de las siete ciudades gallegas y del Consorcio das Mariñas. En todos los casos su dependencia funcional y su financiación se enmarca en el II Plan Gallego de Inclusión Social mediante convenios de colaboración con la Secretaría General de Bienestar de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
Otro de los recursos de la estrategia gallega de inclusión los constituye la red de servicios sociales de atención primaria municipal y las unidades tramitadoras de la renta de integración social de Galicia (RISGA), con quien se establecerán líneas de coordinación y comunicación para posibilitar la anticipación a las situaciones de exclusión, acercando respuestas de calidad a las necesidades emergentes de la ciudadanía desde la proximidad.
miércoles, 9 de marzo de 2011
SERVICIO MUNICIPAL DE INSERCIÓN SOCIAL
Programa de inclusión social- plan gallego de inserción social: conjunto integrado de medidas dirigidas a la inserción sociolaboral que potencia las políticas activas existentes mediante mecanismos innovadores de intervención y coordinación. Se dirige a personas y familias que se encuentren en situación de desventaja social, que provoque el mantenimiento de formas de vida marginales. Se pretende que estas familias adquieran las habilidades necesarias para evitar su vulnerabilidad a los cambios en los procesos económicos, posibilitando el acceso al empleo y el mantenimiento de un modo de vida normalizado..
El plan incluye los siguientes servicio:
- Ámbito de la salud:
- Ámbito de desarrollo personal.
- Ámbito de la vivienda.
- Ámbito prelaboral.
- Ámbito laboral.







